Los dos escritos, a los que tuvo acceso Servimedia, serán aprobados el miércoles, cuando el Pleno del Senado requerirá formalmente a ambas instituciones que den marcha atrás en las decisiones que impidieron que las ocho enmiendas fueran sometidas a votación en el Pleno del Congreso.
El origen de la disputa está en el artículo 134.6 de la Constitución, que permite al Gobierno vetar la tramitación de enmiendas que impliquen un aumento de los créditos o una disminución de los ingresos presupuestarios.
El Ejecutivo ya utilizó esta facultad cuando las mejoras se estaban tramitando en el Senado y alegó su impacto sobre las cuentas públicas para tratar de impedir que salieran adelante. Sin embargo, la Mesa de la Cámara Alta rechazó sus argumentos y permitió que continuara su tramitación.
Las modificaciones fueron finalmente aprobadas por el Pleno del Senado el 9 de septiembre. Pero, cuando el proyecto regresó al Congreso, el Gobierno volvió a hacer uso de su veto presupuestario y comunicó el 14 de septiembre su disconformidad con ocho de las enmiendas incorporadas por la Cámara Alta.
Es aquí donde el PP sitúa la primera invasión de las atribuciones del Senado. Sostiene que el Ejecutivo podía intentar frenar las enmiendas mientras se estaban tramitando en la Cámara Alta, como de hecho hizo, pero no vetarlas de nuevo una vez aprobadas por su Pleno. A su juicio, en ese momento ya formaban parte del texto remitido al Congreso y correspondía a los diputados decidir si las aceptaban o rechazaban.
La Mesa del Congreso, lejos de aceptar sus argumentos, aceptó al día siguiente el veto presupuestario del Gobierno y excluyó las ocho modificaciones de la votación final de la ley en Pleno.
Esta decisión da lugar al segundo conflicto. El PP se apoya en el artículo 90.2 de la Constitución, que establece que las enmiendas introducidas por el Senado deben someterse al Congreso para que este las acepte o rechace por mayoría simple. Los populares consideran por ello que la Mesa no podía retirar las ocho modificaciones y privar al Pleno de la última palabra.
De este modo, el Senado plantea dos disputas diferentes sobre unos mismos hechos. Por un lado, reprocha al Gobierno que vetara unas enmiendas después de que fueran aprobadas por la Cámara Alta y, por otro, al Congreso que aceptara ese veto e impidiera que los diputados votaran sobre ellas.
CONFLICTO DE ATRIBUCIONES
Para revertir esta cadena de decisiones, el PP ha recurrido al conflicto de atribuciones, que es el procedimiento previsto para resolver las disputas entre los principales órganos constitucionales cuando uno considera que otro ha invadido competencias que le corresponden.
Cuando el Pleno del Senado apruebe el conflicto, se abrirán dos fases. En la primera, la Cámara Alta requerirá formalmente al Gobierno y al Congreso que se retracten de su decisión en los siguientes 30 días. De no contestar o negarse, el Senado podrá entonces elevar el conflicto al Tribunal Constitucional para que lo resuelva.
La Cámara Alta ha aprobado más de una decena de conflictos de atribuciones a lo largo de la legislatura. La primera vez fue en abril de 2024, a raíz de la tramitación de la Ley de Amnistía. También ha impulsado numerosos conflictos por enmiendas «mutiladas» en la tramitación leyes -como el que aprobará el miércoles-, además de elevar al Constitucional la negativa del Gobierno a presentar los Presupuestos Generales del Estado o comparecer en el Senado.






















